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jueves, 27 de octubre de 2016

El papa francisco prohíbe cobrar por el uso de osarios o nichos funerarios para cenizas de difuntos




Debido al escándalo en la población católica y cristiana en general, secundario a la publicación de la “Instrucción Ad resurgendum cum Christo acerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación”  publicada por el vaticano por medio de su división de  la congregación para la doctrina de la fe y fechado en agosto 15 del 2016.  Su santidad el Papa Francisco ha considerado necesario realizar algunas aclaraciones:

-         - Debido a la mal interpretación del documento,  principalmente por parte de medios de comunicación ajenos a la doctrina católica y siempre en busca del sensacionalismo informativo, muchos fieles han sentido vulnerados sus derechos sobre el destino final de los restos mortales de sus seres queridos.

-       -   la iglesia católica en ningún momento ha pretendido vulnerar los derechos de sus fieles, por el contrario con este nuevo documento lo que busca es conservar la integridad  y memoria de aquellos fieles fallecidos a quienes se les practico la cremación.

-        -  Aunque la iglesia prefiere sepultar los muertos sobre la práctica de la cremación, esta última siempre y cuando no esté en contra de los dogmas cristianos es igualmente válida.

-         - Ante el auge en los últimos tiempos de distintos cultos contrarios a la fe de la verdadera iglesia, muchos fieles, bien sea consiente o inconscientemente, han caído en la trampa de conductas paganas en el trato de las cenizas de sus seres fallecidos;  tales como conservación de estas en los hogares, ya no para ser instrumento de oración sino como objeto de culto y veneración rozando con conductas herejes como el culto a los antepasados, espiritismo,  fetichismo y creencia en reencarnaciones, como también la dispersión de las cenizas en distintos escenarios simulando prácticas de corte nihilista, naturalistas o animistas que en todo sentido son contrarias a las verdades del catolicismo
.
-         - Por tal motivo la iglesia en cabeza de su Sumo Pontífice Francisco ha ordenado a todos sus fieles, que en caso tal de realizarse la cremación de restos, las cenizas sean dispuestas en sitios debidamente autorizados por la institución eclesiástica, tales como cementerios, iglesias o lugares debidamente indicados para tal fin, que cuenten con la condición de sacralidad y vigilancia por parte de las autoridades religiosas con el fin  de salvaguardar la memoria de los difuntos y  propender por el respeto  de los mismos.

-         -  Ante las críticas de algunos sectores que han visto en esta decisión un uso netamente comercial, ya que estarían limitando los escenarios de destinos de los restos,  y a sabiendas de que en ellos se cobra en determinadas circunstancias algún tipo de estipendio cuyo fin solo es el mantenimiento y conservación de dichos lugares,  El Sumo Pontífice Francisco, en audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto el día 26 de octubre del 2016, ha ordenado  que bajo ninguna circunstancia ningún miembro, autoridad o institución perteneciente a la iglesia católica, apostólica y romana,  podrá cobrar  por el uso de osarios, urnas  o nichos y adecuara las instalaciones para tal fin de acuerdo a las necesidades de su feligresía.

Decidida en la Sesión Ordinaria de esta Congregación el 26 de octubre de 2016, y ha ordenado su publicación.

Roma, de la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 27 de octubre de 2016, Solemnidad de la Asunción de la Santísima Virgen María.



….. No…es broma, eso nunca ocurrirá. 




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