Debido al escándalo en la población
católica y cristiana en general, secundario a la publicación de la “Instrucción
Ad resurgendum cum Christo acerca de la sepultura de los difuntos y la
conservación de las cenizas en caso de cremación” publicada por el vaticano por medio de su división
de la congregación para la doctrina de
la fe y fechado en agosto 15 del 2016. Su
santidad el Papa Francisco ha considerado necesario realizar algunas
aclaraciones:
- - Debido a la mal interpretación del documento,
principalmente por parte de medios de comunicación
ajenos a la doctrina católica y siempre en busca del sensacionalismo
informativo, muchos fieles han sentido vulnerados sus derechos sobre el destino
final de los restos mortales de sus seres queridos.
- - la iglesia católica en ningún momento ha
pretendido vulnerar los derechos de sus fieles, por el contrario con este nuevo
documento lo que busca es conservar la integridad y memoria de aquellos fieles fallecidos a quienes
se les practico la cremación.
- - Aunque la iglesia prefiere sepultar los
muertos sobre la práctica de la cremación, esta última siempre y cuando no esté
en contra de los dogmas cristianos es igualmente válida.
- - Ante el auge en los últimos tiempos de
distintos cultos contrarios a la fe de la verdadera iglesia, muchos fieles, bien
sea consiente o inconscientemente, han caído en la trampa de conductas paganas
en el trato de las cenizas de sus seres fallecidos; tales como conservación de estas en los
hogares, ya no para ser instrumento de oración sino como objeto de culto y veneración
rozando con conductas herejes como el culto a los antepasados, espiritismo, fetichismo y creencia en reencarnaciones,
como también la dispersión de las cenizas en distintos escenarios simulando prácticas
de corte nihilista, naturalistas o animistas que en todo sentido son contrarias
a las verdades del catolicismo
.
- - Por tal motivo la iglesia en cabeza de su Sumo
Pontífice Francisco ha ordenado a todos sus fieles, que en caso tal de
realizarse la cremación de restos, las cenizas sean dispuestas en sitios
debidamente autorizados por la institución eclesiástica, tales como cementerios,
iglesias o lugares debidamente indicados para tal fin, que cuenten con la condición
de sacralidad y vigilancia por parte de las autoridades religiosas con el
fin de salvaguardar la memoria de los
difuntos y propender por el respeto de los mismos.
- - Ante las críticas de algunos sectores que han
visto en esta decisión un uso netamente comercial, ya que estarían limitando
los escenarios de destinos de los restos,
y a sabiendas de que en ellos se cobra en determinadas circunstancias algún
tipo de estipendio cuyo fin solo es el mantenimiento y conservación de dichos
lugares, El Sumo Pontífice Francisco, en
audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto el día 26 de octubre del
2016, ha ordenado que bajo ninguna
circunstancia ningún miembro, autoridad o institución perteneciente a la
iglesia católica, apostólica y romana, podrá
cobrar por el uso de osarios, urnas o nichos y adecuara las instalaciones para
tal fin de acuerdo a las necesidades de su feligresía.
Decidida
en la Sesión Ordinaria de esta Congregación el 26 de octubre de 2016, y ha
ordenado su publicación.
Roma,
de la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 27 de octubre de 2016,
Solemnidad de la Asunción de la Santísima Virgen María.
…..
No…es broma, eso nunca ocurrirá.
No hay comentarios:
Publicar un comentario